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El cheque servicio de la comunidad de Madrid es una prestación económica para personas que tengan reconocido algún grado de dependencia y que precisen la atención y el cuidado personal en su día a día.
A través de esta ayuda, los usuarios reciben una prestación destinada a cubrir los gastos económicos en el periodo de tratamiento del usuario, pudiendo elegir el centro y las terapias que más le puedan convenir.
Si necesitas rehabilitación neurológica por causa congénita o adquirida o precisas de ayuda o atención para realizar tus actividades básicas de la vida diaria, tienes derecho a solicitar que se te reconozca la situación de dependencia y que te concedan esta ayuda adicional procedente de la Comunidad de Madrid.
Esta aportación económica está incluida en la Ley de Dependencia de la comunidad de Madrid y que va vinculada a un servicio en concreto, como son:
Servicios de atención residencial, para aquellas personas que necesiten una atención total y constante ya sean centros públicos o privados acreditados.
De forma esquemática, resumiremos su funcionamiento con los siguientes pasos:
El centro procede a dar de alta a la persona dependiente en una aplicación informática habilitada por la Comunidad de Madrid.
En el caso de que YA TENGAS RECONOCIDA LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, puedes solicitar también a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid la asignación de tu cheque servicio.
En Senza contamos con todos los requisitos legales que exige la comunidad de Madrid para el uso de dichos servicios, estando debidamente acreditados y autorizados.
No dudes en contactar con nosotros si necesitas solicitar y/o servicio de rehabilitación neurológica, o cualquier otro tipo de terapia. Te informaremos y te ayudaremos en todos los trámites.
La cuantía mensual que te corresponda será valorada según tu grado de dependencia y según tu situación económica particular.
De forma general, podemos decir que las CANTIDADES MÁXIMAS que se están asignando a las personas que tienen reconocida la dependencia antes de la modificación efectuada en julio del año 2012 son:
En los casos de solicitudes posteriores a dicha fecha, las cuantías máximas son -conforme al Real Decreto Ley 20/2012- las siguientes: