Cheque Servicio Comunidad de Madrid

El cheque servicio de la comunidad de Madrid es una prestación económica para personas que tengan reconocido algún grado de dependencia y que precisen la atención y el cuidado personal en su día a día.

A través de esta ayuda, los usuarios reciben una prestación destinada a cubrir los gastos económicos en el periodo de tratamiento del usuario, pudiendo elegir el centro y las terapias que más le puedan convenir.

Si necesitas rehabilitación neurológica por causa congénita o adquirida o precisas de ayuda o atención para realizar tus actividades básicas de la vida diaria, tienes derecho a solicitar que se te reconozca la situación de dependencia y que te concedan esta ayuda adicional procedente de la Comunidad de Madrid.

¿En qué consiste y que es el cheque servicio?

Esta aportación económica está incluida en la Ley de Dependencia de la comunidad de Madrid y que va vinculada a un servicio en concreto, como son:

 

  • Servicios de prestación de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal. Son programas preventivos y de rehabilitación que presta servicios sociales y/o sanitarios.
  • Servicios de ayuda a domicilio. Atendiendo a las necesidades diarias dependiente en su propia vivienda, desde cuidado del hogar hasta cuidados personales.
  • Servicios de teleasistencia. Este servicio presta atención telefónica y presencial de forma instantánea y urgente que la persona solicite a través de un dispositivo portátil.
  • Servicios de centro de día y de noche. En estos centros la persona puede pasar el día o la noche según sus necesidades.

Servicios de atención residencial, para aquellas personas que necesiten una atención total y constante ya sean centros públicos o privados acreditados.

COMO FUNCIONA Y CUALES SON LOS REQUISITOS:

De forma esquemática, resumiremos su funcionamiento con los siguientes pasos:

  1. SI NO TIENES RECONOCIDO EL GRADO DE DEPENDENCIA, y has sufrido una lesión cerebral, por ejemplo, has de proceder a la presentación, en la Dirección General de Atención de la Dependencia de la Comunidad de Madrid, de la solicitud debidamente cumplimentada junto con la documentación necesaria.
  2. Valoración de la persona dependiente, previa cita concertada en su domicilio.
  3. Recepción, en su caso, de la aprobación de la situación de dependencia y del nivel y grado reconocido.
  4. Establecimiento, por parte de dicha Dirección General, del PIA (Programa Individual de Atención). En el programa se establece el modo de intervención más adecuado para la persona en situación de dependencia.
  5. Asignación de la prestación mediante el Cheque Servicio con la cuantía económica que establezca el PIA.
  6. Aprobación y entrega del cheque servicio correspondiente al usuario.
  7. Elección del centro privado por parte del interesado.
  8. Entrega, por parte del afectado, del cheque al centro elegido.

El centro procede a dar de alta a la persona dependiente en una aplicación informática habilitada por la Comunidad de Madrid.

En el caso de que YA TENGAS RECONOCIDA LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, puedes solicitar también a la Dirección General de Coordinación de la Dependencia de la Comunidad de Madrid la asignación de tu cheque servicio.

 

En Senza contamos con todos los requisitos legales que exige la comunidad de Madrid para el uso de dichos servicios, estando debidamente acreditados y autorizados.

No dudes en contactar con nosotros si necesitas solicitar y/o servicio de rehabilitación neurológica, o cualquier otro tipo de terapia. Te informaremos y te ayudaremos en todos los trámites.

CUANTÍA DE LA PRESTACIÓN.

La cuantía mensual que te corresponda será valorada según tu grado de dependencia y según tu situación económica particular.

De forma general, podemos decir que las CANTIDADES MÁXIMAS que se están asignando a las personas que tienen reconocida la dependencia antes de la modificación efectuada en julio del año 2012 son:

  • 833,96 €/mes, al Nivel 2 del Grado III.
  • 625,47 €/mes, al Nivel 1 del Grado III.
  • 462,18 €/mes, al Nivel 2 del Grado II.
  • 401,20 €/mes, al Nivel 1 del Grado II.
  • 300 €/mes, al Nivel 2 del Grado I.

En los casos de solicitudes posteriores a dicha fecha, las cuantías máximas son -conforme al Real Decreto Ley 20/2012- las siguientes:

  • 715,07 €/mes, al Grado III.
  • 426,12 €/mes, al Grado II.
  • 300 €/mes, al Grado I.